Buscaba evitar sentencia por defraudación fiscal. El ex gobernador de Sonora promovió un incidente de libertad con el cual buscaba que se destruyeran las pruebas del presunto delito de defraudación fiscal equiparada.
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RUBÉN MOSSO /Milenio
Ciudad de México / 24.03.2022
Un tribunal federal rechazó amparar al ex gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, quien promovió un incidente de libertad por desvanecimiento de datos, con el cual buscaba que se destruyeran las pruebas que sirvieron para dictar auto de formal prisión en su contra, por el presunto delito de defraudación fiscal equiparada por 70 millones 415 mil 367 pesos.
El citado incidente es un recurso que se utiliza para obtener la libertad sin llevar a cabo todo el proceso, y se puede solicitar después de haberse dictado el auto de formal prisión o de sujeción a proceso, y hasta antes de que se cierre la instrucción, es decir, para evitar una sentencia.
La magistrada Gabriela Vieyra Pineda, titular del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal, indicó que los documentos que aportó Guillermo Padrés para sustentar su recurso, no son “pruebas plenas que de forma indubitable, inobjetable y notoria o evidente desvirtúen” los datos aportados por la Fiscalía General de la República (FGR) y que sirvieron para que un juez dictara auto de formal prisión.
“…se tratan de pruebas que están encaminadas a cuestionar o restar valor probatorio a las ya existentes y que fueron materia del auto de formal prisión; esto no es objeto de estudio en el incidente de desvanecimiento de datos, sino -en todo caso- de la sentencia definitiva que ponga fin al proceso”, menciona el fallo.
La magistrada puntualizó que las pruebas del ex mandatario estatal tampoco aportan alguna información que sirva para desacreditar el auto de formal prisión.
“Además, los medios de prueba aportados por el quejoso no contravienen en forma alguna los dictámenes periciales referidos en los que se estableció que, en el año de 2015, el justiciable tuvo ingresos por una cantidad mayor a la que declaró”, precisó.
De acuerdo con la investigación de la FGR, las autoridades hacendarias detectaron que el ex gobernador reportó ingresos menores a los realmente obtenidos, toda vez que en el ejercicio fiscal de 2015 declaró ingresos por 3 millones 282 mil 291 pesos, siendo que obtuvo un total de ingresos acumulables por 137 millones 611 mil 814 pesos (8 millones 830 mil 395 dólares), dejando de pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 47 millones 15 mil 332 pesos de aquella época.
Respecto al argumento en el sentido que hubo violación al debido proceso porque se tomaron en consideración pruebas ilícitas, sin autorización judicial, al momento de que se le dictó auto de formal prisión, la magistrada dijo que este tema ya fue materia de análisis por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal, cuando interpuso un recurso de revisión, donde le fue negado el amparo.
En octubre 2021, el presidente Andrés Manuel López Obrador rechazó haber intervenido en la liberación de Guillermo Padrés Elías, quien actualmente enfrenta dos procesos en libertad.
Tras esta declaración, la FGR informó que cuenta con elementos para solicitar una pena y sentencia contra el ex mandatario estatal por los probables delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y por defraudación fiscal.
Es de mencionar, que en 2017 y 2018, un juez federal sobreseyó la causa respecto al delito de delincuencia organizada, tras el desistimiento de la entonces Procuraduría General de la República (PGR). Sin embargo, se continuó con el procedimiento por lavado de dinero, éste último donde un juez le otorgó la libertad tras imponerle medidas cautelares, tras aceptar como garantía dos bienes inmuebles que se localizan en los estados de Sonora y Baja California, con un valor de 100 millones de pesos.
Por su parte, un Tribunal Federal dejó el camino abierto el año pasado, para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) continúe recabando información que le permita conocer cuántos bienes posee el ex gobernador a quien busca aplicar un embargo precautorio en caso de que pierda su juicio por defraudación fiscal.
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